Emprendedores y Artesanos / Producción propia
Emprendedores y Artesanos (Producción Propia)
En esta sección vas a encontrar toda la información necesaria para ser parte de la Feria Municipal de Artesanos y Emprendedores. Podes acceder al reglamento vigente, conocer los requisitos establecidos y registrarte.
REGLAMENTO FUNCIONAL
FERIA MUNICIPAL DE ARTESANOS
La Feria Municipal de emprendedores y artesanos se desarrolla:
Autoría: Solo productos de elaboración propia. PROHIBIDA LA REVENTA.
Domicilio: Debe constituir domicilio en el Gran Resistencia.
Costo: La participación es totalmente GRATUITA.
Alimentos: Obligatorio Carnet de Manipulación y productos envasados.
Compromiso: La inasistencia sin aviso previo (5hs antes) conlleva sanciones.
Infraestructura: La municipalidad provee la autorización para feria, el espacio y la conexión eléctrica. El emprendedor trae mesa, silla, tablero eléctrico y guirnalda de luces.
Días: Todos los sábados y domingos, con posibilidad de extenderla días feriados
Ubicación:
Plaza 25 de Mayo de la ciudad de Resistencia; 120 espacios distribuidos en 12 sectores dentro de la plaza.
Parque Urbano 2 de Febrero (Av. Avalos y Lavalle) de la ciudad de Resistencia; 30 espacios dentro del predio.
Además, participamos en eventos organizados desde el municipio y por terceros con permiso oficial, tales como: el Festival de la Cerveza, la Bienal de Esculturas, Chaco Vibra, entre otros.
Puntos claves para el emprendedor:


El siguiente reglamento, en vigencia desde diciembre de 2023, regirá para todos los emprendedores registrados dentro de la Feria Municipal. El desconocimiento del mismo NO JUSTIFICA su incumplimiento:
INFORMACIÓN IMPORTANTE
A) DE LA PARTICIPACIÓN EN FERIAS DE EXPOSICION Y VENTA:
1. Los emprendedores seleccionados para participar de las ferias de exposición y venta deberán cumplir los siguientes requisitos:
Constituir domicilio en el Gran Resistencia.
Producir un bien artesanal/manual
Los productos que sean comestibles, deben comercializarse envasados.
2. La participación a las ferias de exposición y venta será totalmente GRATUITA.
3. Se requerirá la presencia de los emprendedores, que expongan durante todo el transcurso de la feria. En caso de inasistencia, el emprendedor titular será reemplazado, durante la feria en la que se ausente, por un emprendimiento designado por la Coordinación de Economía Social.
4. La inasistencia del emprendedor deberá ser comunicada a la Organización de la Feria con un mínimo de 5 horas de anticipación al comienzo de la Feria. Este será reemplazado por otro emprendedor que surgirá de la lista de espera. En el caso de inasistencia sin previo aviso, el emprendedor será pasible de suspensión de una fecha de feria.
5. Los nuevos emprendedores interesados en participar en la Feria Municipal de exposición y venta, deberán obligatoriamente inscribirse, previa participación, en el Registro Municipal de Emprendedores, donde estarán específicos requisitos de participación y se solicitará una muestra de la producción-artesanía que realizan, a partir de la cual la Organización evaluará la posible incorporación.
6. La inscripción a la feria estará sujeta al cupo del rubro por el cual se inscribe.
B) INSCRIPCIÓN
C) DE LA PRODUCCIÓN - ARTESANÍA:
7. Solo podrán comercializarse en las ferias de exposición y venta productos que sean de elaboración propia. NO ESTÁ PERMITIDA LA REVENTA DE PRODUCTOS.
8. El producto o artesanía que los emprendedores exponen y comercializan deberá ser aprobado por la Organización de la Feria y previamente fiscalizado por la misma.
9. Los productores de alimentos y/o cualquier producto que por su naturaleza lo requiera, deberán presentar, previo a la incorporación en la feria, documentación que avala el producto y/o el Carnet de Manipulación de Alimentos correspondiente, y presentarlo a quien corresponda en caso de ser necesario durante el desarrollo de la feria.
10. Aquellos emprendedores que comercialicen productos alimenticios a granel, deberán cumplir con el uso de elementos aptos para la manipulación de los mismos, tales como: delantal, guantes plásticos, pinzas, etc., como así también deberán tener el cabello recogido. Deberán utilizar bandejas y/o bolsas para su presentación, así como un detalle en el envase, de ingredientes, fecha de elaboración y vencimiento del producto.
11. Si el productor desea exponer un producto diferente al que se inscribió, debe dar aviso previamente a la Organización, la cual decidirá si se acepta o no dicha inclusión. (Cambio o ampliación de rubro en la producción)
12. Todos los productos expuestos por el emprendedor deberán tener visible el precio del mismo.
D) DEL HORARIO DE LAS FERIAS:
13. La feria funcionará todos los fines de semana del año, durante el horario y lugar previamente estipulado por la Organización. Es imprescindible respetar la puntualidad del horario establecido. El emprendedor, en caso de concurrir con 15 minutos de demora al horario establecido de armado de la Feria, puede perder la asignación de su lugar de ubicación original, siendo la Organización quien disponga el nuevo lugar de ubicación de dicho emprendedor.
También la Feria Municipal se desarrollará dentro de eventos tanto municipales como provinciales, pudiendo ser los mismos en diferentes espacios públicos, los cuales desde la Organización se dará aviso oportunamente.
E) DE LA UBICACIÓN DE EMPRENDEDORES:
14. La distribución de los stands de exposición y venta en cada feria, será exclusividad de la Coordinación de Economía Social. Esto significa que no hay lugares fijos para cada emprendimiento.
15. La Organización proveerá a cada emprendedor/productor de: espacios para la ubicación de exposición, y conexión de luz, debiendo cada emprendedor contar con su mesa, silla, tablero eléctrico y guirnalda de luces para la iluminación de su puesto. Está permitida la exposición y comercialización SIN gazebo.
F) DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN FERIAS EN ESPACIOS PUBLICOS:
16. Cada emprendedor deberá mantener la limpieza de su espacio de venta.
17. Queda totalmente prohibido consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes durante el desarrollo de la feria.
18. Perderán todos sus derechos y serán retirados de la feria aquellos participantes que asuman actitudes reñidas con la ética y el correcto comportamiento social.
19. En caso de incumplimiento a la normativa, los emprendedores serán pasibles de las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento
b) Suspensión
c) Caducidad para operar en el puesto.
Feria de Emprendedores en Espacios Públicos (General)



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