Estar inscripto en el Registro Electoral del Municipio;
Saber leer y escribir el idioma nacional;
No estar comprendido en alguna de las inhabilidades establecidas por la Constitución de la Provincia y esta Carta Orgánica para ser candidato.
Inhabilidades. Estarán inhabilitados:
Los que no puedan ser electores;
Los inhabilitados para el desempeño de cargos públicos;
Los deudores del Municipio, de la Provincia o de la Nación que no estén encuadrados en un plan de regularización o que estándolo sus plazos de pago estén vencidos;
Las personas declaradas responsables por el Tribunal de Cuentas, mientras no dieren cumplimiento a las resoluciones emitidas por el mismo;
Los ciudadanos alcanzados por los artículos 25, 26 y 27 de la Carta Orgánica de Resistencia (Traidores al orden constitucional municipal, Delitos de lesa humanidad o comision de delitos dolosos en perjuicio del Municipio)
Las personas que se encontraren incluidas en la lista de deudores morosos alimentarios.
Importante:
Las comisiones estaran integradas por siete miembros titulares y tres suplentes, los mismos deberan tener domicilio dentro del barrio, villa o asentamiento reconocido.
En su integración, además de los requisitos debe observarse la paridad de genero.
Para retirar copias de la Ordenanza y formularios de inscripción de listas consultar en la subsecretaria de Relaciones con la comunidad, Av. Italia 150, o a los números 362 458374 y 362 4525176